El Supremo de El Salvador admitió hoy un recurso de inconstitucionalidad que busca eliminar la prohibición del voto cruzado en las elecciones legislativas y se pueda votar por candidatos de distintos partidos.
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió la demanda contra una disposición del artículo 185 del Código Electoral que prohíbe el voto cruzado “en las elecciones de diputados”.
Esa prohibición vulnera “el carácter libre del sufragio, plasmado en el artículo 78 de la Constitución” del país, indicó la Sala a través de un comunicado, que no precisó quiénes y cuándo presentaron la demanda.
El artículo 185 establece, entre otras cosas, que “en ningún caso se permitirá el voto cruzado, entendiéndose como tal aquel en que el elector hubiere marcado candidatos o candidatas de distintos partidos políticos”.
Mientras, el artículo 78 de la Constitución de la República de El Salvador establece que “el voto será libre, directo, igualitario y secreto”.
Según los demandantes la actual prohibición de la votación cruzada “se traduce en un reconocimiento incompleto de la libertad electoral”, por lo que piden declarar inconstitucional el artículo 185 y se permita el voto cruzado, destaca el boletín.
La Sala consideró que los demandantes “han identificado los elementos del control de constitucionalidad indispensables para que en el proceso constitucional se emita una sentencia de fondo, ya que se plantea una contradicción normativa entre la disposición legal que regula la forma en que se ejercerá el sufragio activo y la norma que establece las garantías constitucionales del mismo”.
La Sala de los Constitucional pidió a la Asamblea Legislativa que se pronuncie al respecto, precisó el documento.
El Salvador celebrará en marzo de 2015 las elecciones legislativas y municipales para renovar los 84 escaños del Parlamento y las 262 alcaldías para otro período de tres años
Fuente:http://elmundo.com.sv/corte-admite-recurso-para-permitir-voto-cruzado