Identidad y Derechos

Argentina - Elecciones 2013: la justicia creó un registro de infractores con los que no hayan votado

Domingo 11 de agosto de 2013

La multa por no votar ni justificar la omisión será de 50 pesos por las primarias y de 100 pesos cuando se trate de las legislativas de octubre

 

La Cámara Nacional Electoral informó que un elector que no votó deberá concurrir dentro de los 60 días posteriores a la elección a la secretaría electoral correspondiente al distrito de su domicilio para justificar su abstención, con la documentación que acredite el motivo de la falta, se explicó en el documento, en el que se añadió que también podrá "dirigirse" a la Cámara Electoral.

Se creó el "Registro de infractores al deber de votar", en el cual deben figurar los electores mayores de 18 años y menores de 70 que no hayan emitido su voto ni justificado la omisión.

La no inclusión de una persona en dicho Registro bastará para tener por cumplida la obligación de votar a su respecto o por justificada su omisión.

La multa por no votar ni justificar la omisión será de 50 pesos cuando sea en las primarias y de 100 pesos cuando se trate de las legislativas de octubre.

"Cuando no se vote en uno solo de los actos electorales primarias o generales- la multa será de $50. El monto de la segunda infracción será de $100 y se acumularán a los $50 de la primera infracción".

La multa podrá pagarse en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina y en las demás entidades que se habiliten para el cobro con la boleta de pago generada en el sitio web de la justicia nacional electoral .

Se destaca en el documento que quienes no hayan votado en las primarias pueden hacerlo en las elecciones generales.

Fuente: http://www.lanacion.com.ar/1609733-elecciones-2013-la-justicia-creo-un-registro-de-infractores-con-los-que-no-hayan-votado